Se trata de una modalidad de jubilación aplicable a todos los regímenes de la Seguridad Social, salvo funcionarios de la Administración del Estado, de Justicia y miembros de las fuerzas armadas.
Consiste en compatibilizar la pensión con un trabajo a tiempo parcial (dentro de unos límites), llevándose a cabo una reducción de ésta en función de la jornada de trabajo realizada.
Las cotizaciones realizadas durante el tiempo en que se aplique se incluirán en las bases a tener en cuenta para calcular la cuantía de la pensión (que se hará de la misma manera que en el resto de modalidades), por lo que habrá que recalcular todos los conceptos que se utilizan para su cálculo.
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