Volvemos hoy con un nuevo concepto para seguir aprendiendo con el «contrato relevo».
Este tipo de contrato se realiza cuando un trabajador de la empresa accede a la jubilación anticipada a partir de los 60 años. Consiste en que, hasta que el trabajador que se jubila cumpla los 65 años, la empresa contrate un trabajador inscrito como demandante de empleo o ya incorporado a la empresa mediante contrato temporal.
La duración será indefinida, o, como mínimo, del tiempo que le reste al trabajador que se jubile anticipadamente para llegar a los 65 años. La jornada de trabajo puede ser completa o parcial, pero siempre ha de ser igual a la del trabajador que se jubila y el puesto en sí debe ser similar.
Más información en: http://www.inem.es/inem/ciudadano/empleo/contratos/pdf/21relevo.pdf
No lo entendi muy bien creo la funcion de este tipo de contrato, leere en inem saludos!