Concepto: jubilación anticipada por profesión (Régimen General)

El Régimen General de la Seguridad Social incluye como una modalidad de jubilación la anticipada por razón de grupo o actividad profesional.

 

bomberos - imagen flickr ccSe aplica a profesiones que tengan condiciones diferenciales de morbilidad, insalubridad, peligrosidad o circunstancias complejas a la hora de realizarse. En estos casos los trabajadores podrán acogerse a una jubilación anticipada, siempre que acrediten el tiempo mínimo de actividad en la profesión que se trate y que cumplan los requisitos generales (período de cotización y hecho causante).

 

Son varias las profesiones que tienen esta posibilidad:

  •  Trabajadores incluidos en el Estatuto Minero.
  • Personal de vuelo de trabajos aéreos.
  • Trabajadores ferroviarios.
  • Artistas.
  • Profesionales taurinos.
  • Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos

Cada una de ellas tiene sus propios requisitos y condiciones para que los interesados puedan acceder a este tipo de jubilación.

 

La cuantía a percibir una vez que el trabajador se jubile dependerá de la cantidad de años que tenga cotizados y de su base de cotización. Todo está estipulado escrupulosamente en la legislación.

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